jueves, 3 de junio de 2010

DESTINAN MÁS DE 88 MILLONES DE NUEVOS SOLES PARA PAGO DE DOCENTES DE LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL

Partida transferida al Ministerio de Educación, Gobiernos Regionales y Locales no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a otros fines.

El Gobierno del Presidente Alan García Pérez suscribió el Decreto Supremo que autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas transferir 88 millones 144 mil 240 nuevos soles para financiar, este año, las remuneraciones mensuales de 16 mil 911 docentes que se incorporaron a la nueva Ley de la Carrera Pública Magisterial (CPM).

La norma, publicada hoy en el diario oficial El Peruano también con la firma de los ministros de Educación, Antonio Chang Escobedo, y de Economía y Fianzas, Mercedes Aráoz, señala, en forma clara y contundente, “que estos recursos no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos”.

La transferencia de partidas es a favor del Ministerio de Educación (21 millones 527 mil 480 nuevos soles), Gobiernos Regionales (65 millones 871 mil 269 nuevos soles) y Gobiernos Locales (745 mil 491 nuevos soles), dentro del Presupuesto del Sector Público para el presente año fiscal.

La Reserva de Contingencia, del Presupuesto de la República, tiene también los recursos necesarios para financiar el pago de remuneraciones de los docentes que este año ingresen al primer nivel y de los que se incorporen del segundo al quinto nivel de la CPM.

“Esto nos demuestra que la CPM está totalmente presupuestada y financiada para los maestros que se esfuerzan y se capacitan por el bien de los niños y niñas de las escuelas públicas”, dijo el viceministro de Gestión Institucional, Víctor Raúl Díaz Chávez.

Por su parte, el viceministro de Gestión Pedagógica, Idel Vexler, aseguró que la implementación y continuidad de la CPM está garantizada en el presente gobierno y en los próximos que vengan, por tratarse de una política de Estado que se enmarca en el Proyecto Educativo Nacional al 2021.

Ambos funcionarios pidieron a los maestros del país rechazar las voces interesadas de quienes pretenden hacerles creer que la CPM no está financiada y que acabará con este gobierno.

OTROS BENEFICIOS MÁS
La CPM, además de incrementos salariales nunca antes otorgados a un maestro en el Perú, contempla una serie de bonificaciones y asignaciones económicas por buen desempeño, cargos directivos, por tiempo de servicios, funciones especiales, por trabajar en zonas rurales y subsidio por luto y sepelio, entre otros.

Por ejemplo, el pago del 30% adicional a la remuneración integra mensual si se trabaja en una Institución Educativa Unidocente y del 10% si trabaja en una Institución Multigrado o Polidocente, ubicada en áreas rurales o de frontera.

La Ley también contempla asignaciones por el ejercicio de Cargo Directivo: el 15% de su remuneración íntegra mensual si dirige una Institución Educativa con un turno, el 20% con dos turnos, y el 40% con tres turnos de funcionamiento. Los subdirectores perciben una asignación equivalente al 10% de su remuneración íntegra mensual.

Por tiempo de servicios, el maestro recibirá una remuneración íntegra al cumplir 20 años la mujer y 25 años el varón, y dos remuneraciones al cumplir 25 años de servicio la mujer y 30 años de servicio el varón.

La CPM también contempla estímulos por ascensos, por ejemplo, un maestro que ascienda al II nivel tendrá un beneficio adicional del 20% de su haber correspondiente al I nivel; y, cuando llegue al V nivel de la carrera, tendrá su sueldo incrementado en un 100% en relación con el que tuvo en el primer nivel.

Con la antigua Ley del Profesorado, los docentes no tienen actualmente ningún estímulo significativo para superarse.

Oponerse a la CPM implica estar de espaldas a la demanda de la comunidad nacional, así como mantener y estar de acuerdo con la mediocridad y formas clientelistas basadas en criterios no profesionales.

FUENTE: MINEDU

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